miércoles, 24 de marzo de 2010

PROPUESTAS PARA LAS BASES DE PROMOCIÓN

RR.HH.: 647.-
LFQ/VMF
RESOLUCION EXENTA Nº .-

SANTIAGO, 01 de Febrero de 2010.


VISTOS :

El Artículo 81° del DL N° 2763 introducido por la Ley N° 19.937; DS 69/04 Ministerio de Hacienda; DFL N° 36/08 el Ministerio de Salud; Ley N° 18.834; DFL N° 19.653/02; en uso de las facultades que me confiere el DL 2763/79,modificado por la Ley 19.937/04, Decreto Supremo 140/04 y Decreto Supremo 46/09, ambos del Ministerio de salud, dicto la siguiente:

CONSIDERANDO:

Que el Servicio de Salud Metropolitano Occidente llama a concurso interno de promoción para proveer los cargos titulares vacantes profesionales

Que el proceso estará regido por las bases del concurso que se aprueban por la siguiente:

R E S O L U C l O N:

DEJASE establecido que los antecedentes que se presenten al proceso de promoción de los Directivos de carrera y Profesionales titulares, regidos por la Ley N 18.834 de los establecimientos dependientes del Servicio de Salud Metropolitano Occidente, se evaluarán de acuerdo a las siguientes Bases, para el período 2010:


BASES GENERALES CONCURSO INTERNO DE PROMOCION DE LAS PLANTAS DE DIRECTIVOS DE CARRERA Y PROFESIONALES DEL SERVICIO DE SALUD METROPOLITANO OCCIDENTE.

Las siguientes bases regularán el llamado a concurso interno para la promoción de los funcionarios de las plantas de Directivos de carrera y Profesionales, establecido en el artículo 81 del Decreto Ley Nº 2.763 para proveer los cargos vacantes de la Planta del Servicio de Salud Metropolitano Occidente, salvo en el grado de inicio de la planta, el que seguirá regulado por las reglas generales establecidas en la Ley Nº 18.834, Estatuto Administrativo.

Las bases y condiciones en que ha de efectuarse el concurso interno son obligatorias para la autoridad que llama a concurso y deben aplicarse sin discriminación a todos los postulantes.

1.- DE LA POSTULACION:

1.1.-Requisitos Generales y Específicos

a)Pertenecer a la planta Profesional o planta Directiva de carrera, en calidad de titular, regidos por la Ley 18.834 y el D.L. Nº 249/74,

b)Cumplir con los requisitos educacionales y/o de experiencia establecidos en el DFL. Nº 36 de 2008 del Ministerio de Salud.

c)Encontrarse en la condición establecida en el párrafo relativo a la Planta de Profesionales contemplado en la Ley 19.086, modificada por los arts. 4° y 5° del párrafo VIII de la Dotación, de la Ley N° 19.937.

1.2.- Inhabilidades

No podrán postular al concurso interno de promoción los funcionarios que:

a)No hubiesen sido calificados en lista 1 (de distinción) o 2 (buena) en el período inmediatamente anterior

b)No hubiesen sido calificados en dos períodos consecutivos, exceptuándose lo dispuesto por el Art. 25 de la Ley N° 19.296.

c)Hubiesen sido objeto de la medida disciplinaria de censura, más de una vez en los doce meses anteriores de producida la vacante

d)Hubiesen sido sancionados con la medida disciplinaria de multa en los doce meses anteriores de producida la vacante.

1.3.-Cumplir con los demás requisitos establecidos en las bases de concurso.

1.4.-Los requisitos señalados, deben estar acreditados (ante notario o Ministro de fe) al momento de postular.

2.- DISTRIBUCIÓN DE CARGOS VACANTES A PROVEER.

2.2-PLANTA DE PROFESIONALES.

Grado N° de Cargos Vacantes Grados que pueden participar
5° 6° - 10°
6° 1 7° - 10°
7° 5 8° - 10°
8° 3 9° - 11°
9° 7 10° - 12°
10° 6 11° - 13°
11° 1 12° - 14°
12° 3 13° - 15°
13° 5 14° - 16°
14° 7 15° - 17°
15° 87 16° - 17°
16° 99 17° - 18°

3.-REGLAS QUE RIGEN EL PROCESO DE CONCURSO INTERNO Y QUE FORMAN PARTE DE LAS
BASES.

a)En el concurso será promovido al cargo vacante el funcionario que obtenga el mayor puntaje y en él podrá participar todo el personal de la Planta Directiva o Profesional que se ubique en los grados inferiores según las tablas señaladas en el punto 2, sobre distribución de cargos vacantes a proveer.

b)Se adoptarán las medidas pertinentes para asegurar la objetividad, transparencia, no discriminación e igualdad de condiciones para con los postulantes.

c)Los funcionarios, en un solo acto, deberán postular a la planta profesional
respecto de la cual cumplan con los requisitos legales, de acuerdo a tabla del punto
2. (sin especificar cargos o grados determinados dentro de ellas).

d)La provisión de los cargos vacantes se efectuará en cada grado, en orden decreciente, conforme al puntaje obtenido por los postulantes.

e)Las vacantes que se produzcan por efecto de la provisión de los cargos, conforme al numeral anterior, se proveerán en acto seguido, como parte del mismo concurso y siguiendo, iguales reglas.

f)En caso de producirse empate, los funcionarios serán designados conforme al resultado de la última calificación obtenida, a la antigüedad en el Servicio de Salud Metropolitano Occidente y sus antecesores legales y por último a la antigüedad en la Administración Pública y, en el evento de mantenerse esta igualdad, decidirá el Director del Servicio.

g)Se entiende que los funcionarios, por el hecho de postular, conocen y aceptan el contenido de las bases, obligándose a lo en ellas establecido.

4.- DE LA ENTREGA DE BASES, RECEPCION DE ANTECEDENTES E INFORMACIONES.

•La difusión de estas Bases será a través de la página www.saludoccidente.cl de la cual podrán ser descargadas en forma gratuita y estarán disponibles en las Unidades de Recursos Humanos de los Establecimientos y en el Departamento Subdirección de Recursos Humanos de la Dirección del Servicio de Salud Metropolitano Occidente, entre los días 01 de Marzo y 31 de marzo del 2010, ambos inclusive, en horario de 9:00 a 16:00 hrs.

•La recepción de antecedentes se iniciará el día 01 de Abril de 2010 y vencerá el 16 de Abril de 2010 a las 16:00 horas. Los interesados deberán entregarlos personalmente en la Unidad de Recursos Humanos del establecimiento donde se desempeñan.

•Los postulantes deberán acompañar sus antecedentes y la solicitud de Postulación (ver Anexos 1,).

•La unidad de Recursos Humanos del Establecimiento dejara constancia de la fecha y hora de la recepción de antecedentes y del número de documentos que se acompañan.

•Los tramites de postulación y entrega de antecedentes deben ser personales y en casos de fuerza mayor un tercero con un respectivo poder simple firmado por el postulante.

•Vencido el plazo de postulación, los concursantes no podrán agregar nuevos antecedentes, ni retirar documentos.

•Los documentos presentados deben ser originales o copias debidamente autorizadas, por quien actuare como Ministro de Fe del Establecimiento correspondiente.


5.- DE LA ASIGNACION DE PUNTAJES Y FACTORES:

5.1.-Del puntaje máximo a obtener en la evaluación de los antecedentes:

El puntaje máximo asignable a un postulante será la nota 7 ponderada.

Los factores a considerar en la evaluación de los postulantes serán los siguientes:

A.- FACTOR DE CAPACITACION PERTINENTE Nota Máxima: 7 / Pond.:25%

Se considerará la capacitación pertinente con evaluación y expresión de horas de duración, efectuada por el postulante en los 5 años anteriores al día de llamado a concurso de promoción (del 01 de Marzo del 2005 al 28 de febrero del 2010) y hasta el cierre del plazo de recepción de antecedentes (desde el 1 Febrero del 2005 al 31 de Marzo del 2010), en relación al cargo que desempeña y de acuerdo con la siguiente tabla:

EVALUACION CAPACITACIÓN
Horas Pedagógicas Nota
110 y más 7.0
100 – 109 6.5
90 – 99 6.0
80 – 89 5.5
70 – 79 5.0
60 – 69 4.5
50 – 59 4.0
40 – 49 3.0
30 – 39 2.0
20 – 29 1.0

Los cursos de Diplomado, en forma excepcional, tendrán una validez retroactiva de 10 años

La pertinencia de la capacitación será determinada por las Unidades de capacitación de cada Establecimiento o por quien haga sus veces, sin embargo la Comisión de Promoción se reserva el derecho a objetar fundamentadamente, lo que quedará consignado en el acta respectiva.

Los cursos de capacitación deben quedar consignados de acuerdo a formato en Anexo Nº 1, formulario que deberá estar validado por el Jefe de Recursos Humanos o Capacitación del Establecimiento.

B.- FACTOR DE EVALUACIÓN DE DESEMPEÑO Nota Máxima: 7 / Pond.: 25%

En este factor se considerará el puntaje obtenido por el funcionario en el proceso calificatorio correspondiente a 2008 -2009.
La calificación deberá acreditarse mediante certificado emitido por la Unidad de Recursos Humanos del Establecimiento respectivo, de acuerdo a Anexo Nº 1.


EVALUACION DE DESEMPEÑO
Ultima Calificación Nota
70 7.0
69 6.7
68 6.4
67 6.1
66 5.8
65 5.5
64 5.2
63 4.9
62 4.6
61 4.3
60 4.0
59 3.7
58 3.4
57 3.1
56 2.8
55 2.5
54 2.2
53 1.9
52 1.6
51 1.3
50 1.0

C.- FACTOR DE EXPERIENCIA CALIFICADA Nota Máxima: 7 / Pond.: 25%

En este factor se ponderan los tiempos servidos por el funcionario, en forma diferenciada, de acuerdo a los criterios que a continuación se indican, a fin de evaluar la experiencia adquirida que le habilita para acceder a cargos de mayor jerarquía y grado de responsabilidad. Los tiempos aquí servidos se considerarán al 28 de Febrero de 2010:

•Antigüedad en la Administración del estado.
•Antigüedad en el Servicio de Salud Metropolitano Occidente o en sus antecesores legales.
•Antigüedad como titular en las Plantas de Profesional o Directivo.
•Antigüedad en el Grado en la planta profesional

Ponderación 25% Ponderación 25% Ponderación 25%
Antigüedad como titular o contrata en la Administración del Estado Antigüedad, como titular o contrata en el Servicio de Salud Occidente y/o en sus antecesores legales Antigüedad como titular en las Plantas de Profesional y/o Directivo
Años Puntaje Años Puntaje Años Puntaje
31 ó Más 7.0 31 ó Más 7.0 14 ó Más 7.0
29 – 30 6.6 29 – 30 6.6 13 6.5
27 – 28 6.4 27 – 28 6.4 12 6.0
25 – 26 5.8 25 – 26 5.8 11 5.5
23 – 24 5.4 23 – 24 5.4 10 5.0
21 – 22 5.0 21 – 22 5.0 9 4.5
19 – 20 4.6 19 – 20 4.6 8 4.0
17 – 18 4.2 17 – 18 4.2 7 3.5
15 – 16 3.8 15 – 16 3.8 6 3.0
13 – 14 3.4 13 – 14 3.4 5 2.5
11 – 12 3.0 11 – 12 3.0 4 2.0
9 – 10 2.6 9 – 10 2.6 3 1.5
7 – 8 2.2 7 – 8 2.2 1 - 2 1.0
6 1.8 6 1.8
5 1.6 5 1.6
4 1.4 4 1.4
3 1.2 3 1.2
2 1.0 2 1.0


Ponderación 25%

Antigüedad, como titular, en el Grado

Años Puntaje
7 ó Más 7.0
6 6.0
5 5.0
4 4.0
3 3.0
2 2.0
1 1.0

Obtenido el tiempo total, el período remanente superior a seis meses se entenderá como un año completo, de igual forma los períodos superiores a 15 días se entenderán como mes completo.

La certificación del tiempo servido debe acreditarse con informe emitido por las unidades de Recursos Humanos de los Establecimientos correspondientes, de acuerdo a Anexo Nº 1.

D.- FACTOR APTITUD PARA EL CARGO Nota Máxima: 7 / Pond.: 25%
El Factor Aptitud para el cargo se evaluará en 2 aspectos:
a) Aplicación de Test, cuyos resultados se medirán de acuerdo a la siguiente tabla: (70%)

Tabla Conversión Tabla Conversión
Nivel Competencia Nota Nivel Competencia Nota
0,01 - 0,12 1.0 2,01 - 2,12 4.0
0,13 - 0,25 1.1 2,13 - 2,25 4.2
0,26 - 0,37 1.2 2,26 - 2,37 4.4
0,38 - 0,50 1.4 2,38 - 2,50 4.6
0,51 - 0,62 1.6 2,51 - 2,62 4.8
0,63 - 0,75 1.8 2,63 - 2,75 5.0
0,76 - 0,87 2.0 2,76 - 2,87 5.2
0,88 - 1,00 2.2 2,88 - 3,00 5.4
1,01 - 1,12 2.4 3,01 - 3,12 5.6
1,13 - 1,25 2.6 3,13 - 3,25 5.8
1,26 - 1,37 2.8 3,26 - 3,37 6.0
1,38 - 1,50 3.0 3,38 - 3,50 6.2
1,51 - 1,62 3.2 3,51 - 3,62 6.4
1,63 - 1,75 3.4 3,63 - 3,75 6.6
1,76 - 1,87 3.6 3,76 - 3,87 6.8
1,88 - 2,00 3.8 3,88 - 4,00 7.0
El factor Aptitud para el Cargo considerará las competencias laborales de los postulantes para el ejercicio de sus funciones, a través de las siguientes áreas genéricas:

Orientación a los resultados
Es la capacidad de encaminar todos los actos al logro de lo esperado, actuando con velocidad y sentido de urgencia ante decisiones importantes necesarias para mejorar la organización. Es capaz de administrar los procesos establecidos para que no interfieran con la consecución de los resultados esperados. Es la tendencia al logro de resultados, fijando metas desafiantes por encima de los estándares, mejorando y manteniendo altos niveles de rendimiento, en el marco de las estrategias de la organización.

Trabajo en equipo
Implica la capacidad de colaborar y cooperar con los demás, de formar parte de un grupo y de trabajar juntos: lo opuesto a hacerlo individual y competitivamente. Para que esta competencia sea efectiva, la actitud debe ser genuina. Equipo, en su definición más amplia, es un grupo de personas que trabajan en procesos, tareas u objetivos compartidos. Si la persona es un número uno de área o empresa, la competencia “trabajo en equipo” no significa que sus subordinados sean pares sino que operarán como equipo en su área/grupo.

Proactividad e Iniciativa
Hace referencia a la actitud permanente de adelantarse a los demás en su accionar. Es la predisposición a actuar de forma proactiva y no sólo pensar en lo que hay que hacer en el futuro. Implica marcar el rumbo por medio de acciones concretas, no sólo de palabras. Los niveles de actuación van desde concretar decisiones tomadas en el pasado hasta la búsqueda de nuevas oportunidades o soluciones de problemas.

Comprensión Interpersonal
Implica un deseo de ayudar o servir a los demás, satisfaciendo sus necesidades. Significa focalizar los esfuerzos en el descubrimiento y la satisfacción de las necesidades de los clientes, tanto internos como externos, dar solución a sus problemas y tratarlos con cordialidad y amabilidad.


SOBRE LA APLICACIÓN DEL TEST

Los funcionarios que no puedan asistir el día de aplicación del test, por razones de fuerza mayor, se les asignará el puntaje mínimo obtenido entre los funcionarios que sí rindieron su evaluación, esto siempre y cuando presente justificación avalada por la autoridad pertinente, la cual quedará a criterio de la Comisión de Selección. La presentación de la Justificación debe ser realizada el día hábil siguiente a la aplicación del test en la Unidad de Recursos Humanos del Establecimiento respectivo.

La aplicación del test será entre el día 28 de Abril de 2010 a las 15:00 hrs., en lugar a establecer por cada Establecimiento.

b) Otros: (30%)

El postulante que acredite alguno de los aspectos que a continuación se definen, obtendrá nota 7.0. De no existir al menos uno de estos elementos, el puntaje por este concepto será 1.0.

• Trabajos Científicos: se considerará la participación tanto como autor o coautor en los últimos 10 años contados retroactivamente desde el 28 de Febrero de 2010.
• Docencia en el Establecimiento (no remunerada) realizada en los últimos 10 años contados retroactivamente desde el 28 de Febrero de 2010.
• Participación en Comités o Comisiones, en los últimos 5 años contados retroactivamente desde el 28 Febrero del 2010.
• Participación en grupos extraprogramáticos del establecimiento, acreditando representación Institucional mediante resolución. Últimos 2 años contados retroactivamente desde el 28 de Febrero del 2010.
• Participación en instancias de desarrollo organizacional pertenecientes al respectivo establecimiento, acreditadas con el respectivo certificado otorgado por dicha organización institucional. Últimos 2 años contados retroactivamente desde el 28 de febrero del 2010
• Notas de Mérito asignadas en los últimos 2 años contados retroactivamente desde el 28 de Febrero de 2010.
• Trabajos con la comunidad en materias asistenciales, que no sean parte de sus funciones habituales. Debidamente acreditadas, en los últimos 2 años contados retroactivamente desde el 28 de Febrero de 2010.
• Acciones destacables, más allá de sus obligaciones en beneficio de la comunidad o de los usuarios que sean debidamente acreditadas en los últimos 2 años contados retroactivamente desde el 28 de Febrero de 2010.

6.-De la Ponderación de los Antecedentes:

De los acuerdos del Comité, así como de los puntajes en cada rubro y en total, con sus fundamentos, se dejará constancia en actas.

La copia de las actas, así como de todos los antecedentes del concurso, quedarán bajo la custodia del Departamento Subdirección de Recursos Humanos del Servicio.

Antes de conocer los antecedentes de los postulantes, el Comité determinará los criterios para asignar puntajes en los rubros que deberán calificar en conciencia.

Estos criterios y todos los factores deberán quedar consignados en acta con los fundamentos correspondientes.

7.-Del Comité de Selección

El Comité de Selección estará integrado por los siguientes miembros, según lo establecido en el artículo N° 21 de la Ley N° 18.834.

Sra. Patricia Echeverría Jara Jefe Departamento Subdirección de Recursos Físicos y Financieros Sr. Carlos Albarracín Capiccelli Jefe Departamento de Auditoría
Sr. Dario Parraguez Ramírez Jefe Departamento Jurídico
Sra. Hidalia Vargas Martínez Jefe Departamento Finanzas
Sr. Lainer Fuentes Quezada Jefe Departamento Subdirección de Recursos Humanos (Secretario de la Comisión)
Representante de la FENPRUSS Sólo con derecho a voz

El Comité debe resolver el concurso dentro de los 15 días hábiles siguientes una vez vencido el plazo de postulación.(7 de Mayo).
Con el resultado de la evaluación el Comité deberá elaborar una nómina provisoria con el puntaje obtenido por los postulantes, ordenados en forma decreciente

8.-De la Notificación de los Resultados del Comité de Selección.

Al término de la evaluación de los antecedentes por parte del Comité de Selección, el resultado del puntaje obtenido y del lugar de ubicación en la nómina se notificará mediante la publicación en lugares visibles del Establecimiento.

Los postulantes tendrán un plazo de cinco días hábiles, desde la fecha de la publicación del listado correspondiente, para presentar apelación al Director del Servicio sobre la asignación de su puntaje.


9.-De las Apelaciones.

Las apelaciones se harán llegar personalmente o por carta certificada al Departamento Subdirección de Recursos Humanos, dentro del plazo de 5 días hábiles contados desde la publicación.

Las apelaciones deben presentarse por escrito, dirigidas al Director del Servicio, no pudiendo acompañarse ni hacer valer antecedentes nuevos que no hayan sido invocados por el apelante en el concurso.

El Director del Servicio, resolverá sobre dichas apelaciones dentro de los cinco días hábiles contados desde la fecha de su presentación.

10.-Vigencia de la Promoción

La promoción por concurso interno regirá a partir de la fecha de la correspondiente Resolución del.



agradecemos el aporte de la FENPRUSS SAN JUAN DE DIOS.

No hay comentarios: